Objeto
– Solicitud de devolución de fianza o aval bancario depositado como garantía de ejecución de obra o suministro.
Quién puede realizar el trámite
– Cualquier persona física o jurídica que actúe como parte interesada.
Cómo se puede realizar el trámite / Documentación a presentar
Cómo y cuándo se resuelve
– Conceptualmente una fianza constituye el depósito de una cantidad en metálico en una entidad bancaria que se justifica mediante el documento bancario acreditativo de tal depósito o transferencia, mientras que un aval constituye un documento firmado facilitado por la entidad bancaria expresando que responde de la empresa a la que se le requiere el aval.– En los supuestos de fianzas, tras la verificación y visto bueno del área o del técnico competente, Intervención procederá a realizar la transferencia bancaria que conllevará la efectiva devolución de las mismas.– En el caso de avales, el área remitirá al interesado el documento original acreditativo del aval que se depositó en su momento.– Plazo de tramitación: máximo un mes.